El Gobierno dominicano asumió el compromiso ayer de reforzar la regularización de las contrataciones de haitianos en el país, a fin de mitigar el estatus irregular de estos trabajadores en el país.
De acuerdo al Pacto Nación por la Crisis de Haití, firmado por representantes de organizaciones políticas y académicos ayer, se debe "cesar a la brevedad posible y de manera ejemplar la contratación de mano de obra haitiana en condiciones migratorias contrarias a la ley, en obras o actividades del Gobierno central, los organismos autónomos y descentralizados y de los municipios".
Pero, ¿Cómo deben estar regulados los trabajadores extranjeros, de acuerdo a las disposiciones vigentes?
Esto va a depender de su estatus migratorio. El reglamento 613-11, que dispone los mecanismos de la Ley General de Migración 285-04, establece que aquellos extranjeros admitidos como residentes permanentes podrán realizar toda clase de trabajo o actividad remunerada, por cuenta propia o en relación de dependencia.
En tanto, los extranjeros que hayan sido admitidos como residentes temporales podrán desarrollar actividades remuneradas o lucrativas durante el tiempo de permanencia que así le fuera aprobado.
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