jueves, 30 de octubre de 2025

Los cambios al Código Procesal Penal tocan el peligro de fuga, la analogía y la prisión preventiva



Con la aprobación en segunda lectura del nuevo Código Procesal Penal, el Senado introdujo una serie de modificaciones al proyecto que ya se había votado en una primera discusión y estableció cambios en aspectos como el plazo de la prisión preventiva, la aplicación de la analogía por parte de los jueces y las razones para determinar peligro de fuga.

El primer aspecto modificado fue el artículo 25 del proyecto, que había sido duramente criticado por abogados constitucionalistas y grupos sociales cuando se aprobó en primera lectura. En su aprobación en segunda vista, el Senado eliminó la parte final del texto del artículo que establecía que la analogía o interpretación extensiva también podría aplicarse para favorecer "a las otras partes involucradas en el proceso".

Originalmente, el Código Procesal Penal vigente dispone que la analogía utilizada por los jueces solo puede aplicarse a favor del imputado.

Otro cambio introducido en la segunda discusión fue la eliminación del numeral siete del artículo 233 de la iniciativa, que establecía que, para determinar si realmente existía peligro de fuga, el juez debía tomar en cuenta "la existencia de condenas anteriores graves".

Asimismo, la más reciente aprobación del Código Procesal Penal suprimió el segundo párrafo del artículo 246 del proyecto, que disponía que un juez podía extender el plazo de la prisión preventiva "por decisión motivada".

En ese sentido, la duración de la prisión preventiva quedaría fijada en seis meses y sin posibilidad de ampliación. Por ejemplo, si un imputado cumple tres meses de prisión preventiva y apela, su encarcelamiento solo podría extenderse por seis meses más.

Recursos de casación

Otras modificaciones al proyecto eliminan atribuciones a la Suprema Corte de Justicia que habían sido incluidas en la versión aprobada en primera lectura. Por ejemplo, la Suprema Corte ya no se encargaría de aprobar guías exhortativas de las sentencias ni de reglamentar la forma en que se tramitarán los procesos judiciales.

La modificación más amplia se realizó casi al final del articulado del proyecto. El Senado decidió eliminar cuatro artículos de la pieza aprobada en primera lectura que versaban sobre los intereses de casación.

El recurso de casación se define como una especie de apelación especial que se presenta ante la Suprema Corte de Justicia cuando una persona no está conforme con una sentencia dictada por un tribunal superior, como una Corte de Apelación.

De acuerdo con lo aprobado por los senadores en la primera discusión, la Suprema Corte de Justicia tendría "un interés casacional" y estaría facultada para no admitir un recurso si consideraba que carecía de interés.

En la aprobación en segunda lectura, el Senado decidió eliminar esa novedad y todos sus controles, que estaban regulados por cuatro artículos del proyecto.

Proyecto va a los diputados

Con la aprobación en segunda lectura en el Senado, el proyecto ahora pasa a la Cámara de Diputados, que tiene hasta el 11 de diciembre para aprobarlo, ya que una sentencia del Tribunal Constitucional emitida en 2024 otorgó un plazo de un año a los congresistas para sancionar la pieza.

La sentencia de la alta corte dictaminó que las disposiciones establecidas en 2015 en el Código Procesal Penal quedan nulas, debido a que el Congreso aprobó la pieza mediante un procedimiento legislativo incorrecto.

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